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Requerimientos a particulares

Por |2020-11-12T21:25:19+00:0018/10/2019|Categorías: Publicaciones Fiscal|Etiquetas: |

No se “relaje” si realiza operaciones con particulares.

Muchas empresas se “relajan” a la hora de declarar sus ingresos cuando éstos proceden de operaciones realizadas con particulares. Pues bien, Hacienda puede requerir datos con trascendencia tributaria (propios o de terceros) tanto a empresas como a particulares. Y los requerimientos de información a particulares son cada vez más habituales. Por ejemplo:

• Bodas y eventos. Hacienda suele solicitar información a los destinatarios
particulares cuando tiene conocimiento de operaciones o eventos de elevado coste en donde pueden haber intervenido varios empresarios o profesionales.

• Inmuebles. En estos casos, requiere al particular los datos de operaciones con inmuebles (vendedor, precio pagado, medios de pago utilizados, intermediarios que han intervenido…).

• Alquileres. Hacienda también suele hacer requerimientos a particulares que viven en viviendas alquiladas cuando cree que el arrendador ha dejado de declarar alquileres.

INFORMACIÓN
La falta de atención de estos requerimientos es sancionable, por lo que el particular que los recibe suele facilitar la información solicitada.

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