Es causa de rescisión de los contratos mercantiles.
Para que un contrato pueda resolverse por “error en el consentimiento” (tanto en el objeto del bien transmitido como en sus características o en las condiciones del acuerdo), los contratantes deben haber actuado con diligencia y el error debe ser relevante – haber influido de forma esencial en la toma de la decisión–. Además, deben darse los requisitos que se indican a continuación:
- Debe existir una conexión directa entre el error y la finalidad perseguida; es decir, de no existir el error, no se habría contratado (o no en esos términos). Los antecedentes de la negociación pueden servir para probar el error.
- Para invalidar el contrato, el error debe ser de entidad suficiente y, además, quien lo alega debe haber actuado con diligencia, de modo que haya sido inevitable cometerlo. Ello implica que cada parte debe informarse de las circunstancias y condiciones esenciales para ella, cuando tal información le resulta accesible (por su formación técnica o porque se la hayan facilitado).
DILIGENCIA Y BUENA FE
No se puede exigir al comprador que verifique todos los datos técnicos, económicos y financieros proporcionados por el vendedor, pues la información precontractual facilitada se presume válida y otorgada con buena fe.
Nuestros asesores examinarán su caso y, si se ha producido un error que le permita resolver el contrato, le acompañarán en la negociación.