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Entregas interiores en cadena

Por |2026-02-23T09:33:48+00:0027/02/2026|Categorías: Publicaciones Fiscal|Etiquetas: , , |

Entregas en cadena. En determinados sectores, es habitual que una mercancía sea objeto de transmisiones sucesivas sin salir del almacén donde se conserva . Apunte. Esto sucede, por ejemplo, en el sector de los recambios o piezas de maquinaria, donde la mercancía puede ser objeto de sucesivas ventas sin que llegue a salir del almacén del fabricante hasta que es adquirida por quien realmente va a utilizarla.

Regla de localización. Pues bien, en estos casos, mientras la mercancía no salga físicamente de España, las sucesivas transmisiones que se produzcan siempre llevan IVA español , incluso si alguna de las empresas adquirentes reside en el extranjero. Apunte. En estas sucesivas ventas internas, si el vendedor está establecido en España es él quien debe repercutir el IVA. No obstante, si no lo está, la factura de venta no lleva IVA y el impuesto debe ser autorrepercutido por el adquirente (se produce la inversión del sujeto pasivo).

Las ventas internas en cadena están siempre sujetas a IVA español, aunque el vendedor o el adquirente sean de fuera.

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