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Hacienda controlará los regalos de Reyes de «especial relevancia»

Por |2026-01-07T11:14:46+00:0007/01/2026|Categorías: Publicaciones Fiscal|Etiquetas: , , , |

Podrá exigir su declaración en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en estos casos.

La Agencia Tributaria siempre está pendiente de los regalos que reciben los contribuyentes por su función de vigilancia y recaudación de impuestos. Una tarea que no cesa en Navidades, especialmente con la llegada de los regalos de Reyes. Así, el organismo está habilitado para controlar algunos que otros presentes recibidos de manos de Melchor, Gaspar y Baltasar.

El sindicato de técnicos de Hacienda, Gestha, ha explicado que, por norma general, la Agencia Tributaria «no controla la información de los regalos de Reyes, siempre que se traten de obsequios habituales y de valor moderado», por lo que descarta actuaciones en la mayoría de casos.

No obstante, sí hay situaciones en las que Hacienda podría salir al paso. En una nota de prensa, Gestha detalla qué casos son los susceptibles de investigaciones por parte de la Administración tributaria.

«Cuando se reciben regalos de especial relevancia, como cantidades importantes de dinero, un inmueble, un vehículo o una joya de gran valor, la administración tributaria autonómica sí podría intervenir», señalan desde Gestha. En estos casos Hacienda podría «exigir la declaración» en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, así como y determinar si son aplicables las bonificaciones contempladas en la comunidad autónoma de residencia del contribuyente.

Los técnicos de Hacienda declaran que «recibir grandes sumas de dinero, sea en efectivo o en transferencias bancarias, viviendas, vehículos u otros bienes de gran valor sí conlleva obligaciones fiscales». De suceder esto, el organismo tiene hasta cuatro años para actuar, ya que ese es el plazo de prescripción del impuesto.

Con todo, lo habitual es que la mayoría de regalos que nos traigan los Reyes Magos no tengan implicaciones fiscales, dado que Sus Majestades de Oriente suelen decantarse por otro tipo de presentes.

Así, resume Gestha, por lo general «las personas que reciben los regalos no tributan y tampoco las administraciones tributarias autonómicas, que son las competentes en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, ni persiguen ni controlan este tipo de entregas, salvo que tengan un elevado valor económico».

(Noticia extraída de El Economista)

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