A pesar de que la Seguridad Social le negó el acceso a dos prestaciones a la vez, el Tribunal Supremo legitima el cobro de ambas ayudas puesto que se reciben de dos puestos de trabajos diferentes
Un pensionista habría conseguido recibir dos prestaciones a la vez, tras un largo proceso judicial con la Seguridad Social. Este es el caso de Carlos Antonio, un trabajador retirado que, tras acudir ante el Tribunal Superior de Justicia para exigir las dos pensiones que debía recibir por ley, consiguió recibir 2.601,59 euros al mes.
En un primer momento, el hombre trabajaba como jefe de maquinistas, hasta que fue declarado en situación de incapacidad permanente total en julio de 2007. Esta prestación recibida le supondría unos 1.032,45 euros al mes, permitiéndole trabajar en una profesión distinta, siempre que fuese compatible con su grado de discapacidad.
Más tarde, en 2008, decidiría comenzar en su nueva profesión como conserje para una empresa. Carlos compaginaría su pensión con el sueldo de este empleo durante varios años, hasta que en febrero de 2024 la Seguridad Social le concedió una jubilación parcial, correspondiente a 1.569,14 euros mensuales.
El jubilado tiene derecho a recibir las dos prestaciones a la vez
Ahora bien, aquí es donde surge el principal problema, ya que la Seguridad decidiría retirarle la última pensión. La causa de esta decisión sería una supuesta incompatibilidad entre ambas ayudas recibidas, por lo que únicamente se le concedió la prestación con mayor cuantía, tal y como establece el artículo 163 de la Ley General de la Seguridad Social.
Tras la mencionada resolución, el jubilado recurriría ante dos tribunales distintos, el Juzgado de lo Social número 6 de Santander y el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria. Los magistrados en ambos casos declararon que el trabajador tenía derecho a recibir los dos tipos de prestación, ya que provenían de actividades profesionales diferentes y no relacionadas entre ellas.
En el caso concreto del jubilado, la ley no puede impedir la compatibilidad de prestaciones a menos que la incapacidad y la jubilación parcial afecten al mismo puesto de trabajo o contrato. Como resultado de ello, a Carlos Antonio se le otorgará una cuantía total de 2.601,59 euros al mes, además de recuperar el dinero que no recibió durante la suspensión.
(Noticia extraída de El Periódico de Catalunya)