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Lealtad del administrador

Por |2023-06-19T07:28:01+00:0019/06/2023|Categorías: Publicaciones Fiscal, Publicaciones Laboral|Etiquetas: |

El administrador debe evitar situaciones de conflicto de intereses.

Los administradores de sociedades deben velar por el interés social, de modo que deben evitar incurrir en situaciones de conflicto de intereses. Por ejemplo, deben abstenerse de aprovecharse de oportunidades de negocio de la sociedad o de utilizar el nombre de la sociedad o sus activos con finalidades privadas (prohibiciones que se extienden también a los parientes del administrador y a las sociedades de las que éste tenga el control).

En caso de infracción del deber de lealtad, los socios pueden acordar el cese del administrador y, en su caso, su exclusión como socio (sin perjuicio de la indemnización por los daños causados a la sociedad).

No obstante lo anterior, la sociedad puede dispensar al administrador o a la persona vinculada para que realice una determinada operación con la sociedad. La dispensa otorgada deberá ser expresa y de carácter individual (es decir, específica para el caso concreto); no se permiten dispensas genéricas ni incluir la dispensa en los estatutos sociales.

Dispensa
La obligación de no competir con la sociedad puede ser dispensada si no cabe esperar daño para la sociedad.
Si inicialmente se otorga la dispensa pero en el futuro el riesgo para la empresa acaba siendo relevante, cualquier socio podrá solicitar el cese.

Nuestros asesores estudiarán su caso y le orientarán sobre las situaciones en las que pueda haber conflicto de intereses.

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