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Modelo 720 del año 2019

Por |2020-03-25T10:01:00+00:0025/03/2020|Categorías: Publicaciones Fiscal|Etiquetas: |

Declaración de bienes y derechos situados en el extranjero.

Entre el 1 de enero y el próximo 31 de marzo debe presentarse el modelo 720 (Declaración Informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero) correspondiente al año 2019. A estos efectos, recuerde que:

• Están obligadas a presentar esta declaración las personas que en 2019 tenían cuentas bancarias (por ejemplo, un depósito), valores (por ejemplo, acciones o fondos de inversión) o inmuebles en el extranjero valorados en más de 50.000 euros.

• Si un contribuyente ya presentó el modelo 720 el año pasado o en años anteriores, sólo deberá volver a presentarlo si el valor conjunto de alguno de sus grupos de bienes (cuentas, valores o inmuebles) ha aumentado en más de 20.000 euros respecto al que informó en su última declaración, o si ha dejado de ser titular o autorizado de alguno de los bienes declarados.

PÁGINA DE AYUDA
En la web de la Agencia Tributaria (www.aeat.es), pulsando “declaraciones informativas” y “todas las declaraciones”, encontrará
información relativa a esta obligación.

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