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Protección de la marca

Por |2025-07-28T11:41:34+00:0027/08/2025|Categorías: Publicaciones Laboral|Etiquetas: , |

Si detecta un producto con una imagen parecida a la del suyo…

La normativa protege las marcas registradas, pero también aquellos signos distintivos (imágenes, símbolos, colores…) que éstas utilizan y que disfrutan de la suficiente notoriedad como para  asociarse a la marca que los utiliza: una copia de dichos signos confundiría a los consumidores y causaría un perjuicio a la empresa original –reducción de ventas– y un beneficio a la copiadora –que se estaría aprovechando de la reputación de la primera–.

Si se encuentra en esta situación, demuestre que su marca y su producto son lo suficientemente conocidos para el público, o al menos para el sector al que van destinados (público infantil, sector del deporte…). Para ello, puede usar:

  • Estudios y estadísticas que demuestren la preferencia de los consumidores por su producto frente a otros similares.
  • Informes con los resultados de ventas que confirmen cuándo entró su producto en el mercado y cómo evolucionaron las ventas.

Una presencia sostenida y constante demostrará que su empresa se ha hecho un hueco en el mercado.

PRUEBA
Demuestre también el parecido y la posibilidad de confusión. Puede alegar que se trata del mismo producto para el mismo público (por ejemplo, galletas para el público infantil), que se comercializan en los mismos establecimientos, que hay un parecido visual y conceptual que provoca confusión …

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