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Tipos reducidos en el Impuesto sobre Sociedades

Por |2014-07-01T12:27:44+00:0001/07/2014|Categorías: Publicaciones Fiscal|Etiquetas: , |

Recuerde que, en determinados casos, su empresa puede tributar a tipos reducidos.

Si la cifra de negocios de su empresa es inferior a diez millones de euros y tiene el carácter de reducida dimensión, podrá tributar en su Impuesto sobre Sociedades a un tipo del 25 % por los
primeros 300.000 euros de base imponible y al 30% por el resto.

No obstante, recuerde que en ciertos casos su tributación aún puede ser inferior:

• Si su empresa es una micropyme (factura menos de cinco millones de euros al año) y mantiene la plantilla que tenía en 2008, podrá tributar al 20% y al 25% respectivamente.

• Y si su empresa se constituyó en 2013 y cumple ciertos requisitos previstos en la ley, dichos tipos aun serán menores: del 15% y del 20% respectivamente.

Micropymes
Si su empresa se constituyó entre 2009 y 2012, para poder disfrutar de los tipos reducidos de las micropymes (el 20% por los primeros 300.000 euros de base imponible y el 25% por
el resto) bastará con que su plantilla media de trabajadores durante el ejercicio 2013 haya sido igual o superior a la unidad.

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