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Jubilación anticipada cobrando el 100% de la pensión

Por |2023-10-30T08:46:01+00:0030/10/2023|Categorías: Publicaciones Laboral|Etiquetas: |

En casi todos los casos hay que asumir recortes en la pensión …

Aunque la jubilación anticipada puede ser una opción realmente atractiva cuando el trabajador no desea permanecer ni un momento más en su empresa y se encuentra muy cerca de la edad de jubilación ordinaria, esta decisión tiene un hándicap importante: la reducción de la pensión que pasará a cobrar una vez se jubile.

El sistema de pensiones español contempla reducciones en las pensiones de jubilación para las personas que se jubilan de forma anticipada. No es ni más ni menos que una especie de compensación para aliviar el impacto que tiene en el sistema la ausencia prematura de sus cotizaciones. Estos recortes se hacen mediante coeficientes reductores que se aplican sobre la pensión y dependen del tipo de modalidad escogida de jubilación anticipada (voluntaria o involuntaria).

Sin embargo, existe un caso en el que es posible librarse de los recortes en la pensión de jubilación cuando un trabajador se jubila de forma anticipada. De hecho, en estos casos será posible incluso en edades más tempranas respecto a las dos grandes modalidades de jubilación, que permiten adelantos desde los 61 años.

Jubilación anticipada en el Régimen de Clases Pasivas

Así, los trabajadores del Régimen de Clases Pasivas podrán jubilarse de forma anticipada desde los 60 años y con el 100% de su pensión de jubilación, es decir, sin recortes en la prestación. Pero solo en algunos casos concretos.

El Régimen de Clases Pasivas incluye a los funcionarios de carrera y prácticas de la Administración del Estado y de Justicia, al personal de las Cortes Generales, a determinados grupos de militares, a los expresidentes del Gobierno, exvicepresidentes, exministros y otros cargos… y las normas sobre jubilación son diferentes a las del grueso de trabajadores del Régimen General de la Seguridad Social.

Estos trabajadores pueden jubilarse de forma anticipada desde los 60 años (aunque en algunas excepciones es desde los 65) siempre que acrediten un servicio efectivo al Estado de 30 años. Para ese cómputo, informa la Seguridad Social, se permite añadir años de otros regímenes, aunque es estrictamente necesario que los últimos cinco años se coticen en el Régimen de Clases Pasivas.

Cómo jubilarse de forma anticipada con el 100% de la pensión

La jubilación anticipada en el Régimen de Clases Pasivas no significa que no haya recortes en la pensión. En función de los años cotizados el trabajador tiene derecho a un porcentaje determinado de su haber reguladora (la referencia que hace las veces de base reguladora). Con esos 30 años cotizados no se puede conseguir el 100%, solo se tiene derecho al 81,73% del haber regulador.

Para poder cobrar el 100% de la pensión de jubilación al jubilarse de forma anticipada desde el Régimen de Clases Pasivas será necesario cotizar 35 años, el número estipulado para tener ese porcentaje, de acuerdo con la tabla que facilita la Seguridad Social en su página web.

(Noticia extraída de El Economista)

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