934 161 660 934 155 104 info@tediem.com

La Seguridad Social da dos años de ‘gracia’ a las jubilaciones anticipadas con pensión máxima

Por |2022-02-14T09:37:43+00:0016/02/2022|Categorías: Publicaciones Laboral|Etiquetas: |

El INSS espera la integración del nuevo modelo en las aplicaciones

La Seguridad Social ya aplica a los jubilados anticipados en 2022 el nuevo pliego de coeficientes reductores para la pensión de jubilación, con una excepción, a quienes sean potenciales beneficiarios de la pensión máxima de jubilación. Para ello, el nuevo modelo será más gravoso que el actual en el caso de que deseen anticipar el retiro laboral entre 23 y 24 meses, antes de alcanzar la edad legal de jubilación.

Este último grupo de pensionistas que se jubilen antes de la edad legal y tengan acceso a la prestación máxima -en 2022 alcanza los 2.819 euros mensuales-, estos coeficientes se aplicarán dentro de dos años, y podrán suponer reducciones de la paga de hasta el 21%.

Más allá, para el resto de las altas de pensiones anticipadas en Seguridad Social ya se aplica de forma preventiva la nueva tabla de coeficientes, que reduce las penalizaciones y flexibiliza las opciones temporales de salida del mercado labora. Sin embargo, tanto fuentes del INSS como del sindicato CSIF reconocen que «hasta marzo no se podrán hacer cálculos exactos porque el nuevo modelo no está integrado en las aplicaciones» informáticas de la Administración.

Además, desde la propia Seguridad Social confirman que desde el primer día de enero ya están cursando estas jubilaciones anticipadas en base a los nuevos coeficientes reductores. Cabe recordar, según las tablas publicadas ya en el BOE, que el 90% de los trabajadores que quieran ir a la jubilación anticipada de forma voluntaria verán reducida su penalización con respecto al actual modelo de reducciones porcentuales trimestrales.

Concretamente, se establecen cuatro criterios según los años cotizados -menos de 38 años y 6 meses; más de 38 años y 6 meses y menos de 41 años y 6 meses; más de 41 años y 6 meses y menos de 44 años y 6 meses; y más de 44 años y 6 meses cotizados-, por lo que las posibilidades de retiro voluntario ascienden a 96 (diez veces más que ahora) y solo en 8 casos el coeficiente ya aplicable se endurece el actualmente establecido.

Aplicación de la ley, en dos tiempos

De este modo, tal y como se apunta en la disposición transitoria trigésima cuarta de la Ley de Seguridad Social, para estas pensiones que rebasen la cuantía máxima legalmente establecida, el nuevo sistema «entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2024 y se hará de forma gradual en un plazo de diez años».

Con una serie de excepciones, fijadas también en este nuevo apartado introducido en la normativa desde la entrada en vigor de la reforma el pasado uno de enero. Así, seguirán siendo de aplicación las reglas de acceso a la modalidad de jubilación anticipada por voluntad del interesado previas a la entrada en vigor de esta ley, siempre que la extinción del contrato de trabajo que da derecho al acceso a esta modalidad de jubilación anticipada cumpla alguna de las siguientes condiciones:

«Que la extinción se haya producido antes de 1 de enero de 2022, siempre que con posterioridad a tal fecha la persona no vuelva a quedar incluida, por un periodo superior a 12 meses, en alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social» o «que la extinción se produzca después de esa fecha como consecuencia de decisiones adoptadas en expedientes de regulación de empleo, o en virtud de convenios colectivos de cualquier ámbito, acuerdos colectivos de empresa o decisiones adoptadas en procedimientos concursales, que fueran aprobados con anterioridad al 1 de enero de 2022».

(Noticia extraída de El Economista)

Ir a Arriba