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¿Quién paga la multa?

Por |2015-12-30T10:00:01+00:0030/12/2015|Categorías: Publicaciones Fiscal|Etiquetas: , |

Si uno de sus comerciales recibe una multa, sepa cómo actuar.

Si una empresa cede el uso de un vehículo a un trabajador y posteriormente recibe una multa de tráfico, en general el responsable por la infracción será el autor de los hechos (el trabajador). Esto
ocurre, por ejemplo, si no supera un control de alcoholemia. En estos casos:

• La empresa recibirá una notificación de Tráfico para que proceda a identificar al conductor. Ello con el fin de que el expediente sancionador se dirija contra el empleado.

• Si el trabajador no paga, la empresa responderá de forma subsidiaria.

No obstante, si se pacta en el contrato de trabajo que el afectado se hará cargo de las multas, podrá descontar de su nómina las cuantías correspondientes. Eso sí, si es preciso hágalo en varios
plazos (por ejemplo, de manera que después del descuento el trabajador siga cobrando la parte de salario inembargable).

RESPONSABILIDAD
Si tras identificar al conductor éste no paga la multa, la empresa responderá de manera subsidiaria. Eso sí, siempre que se haya intentado el cobro frente al trabajador y se acredite que no tiene bienes suficientes.

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