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Reparta el recibo del IBI

Por |2014-06-22T13:17:38+00:0022/06/2014|Categorías: Publicaciones Fiscal|Etiquetas: , |

El recibo del IBI se puede dividir entre los copropietarios.

Cuando un inmueble es propiedad de varias personas a la vez, sólo uno de ellos suele aparecer como titular a efectos del IBI, y es a él a quien el Ayuntamiento envía los recibos del impuesto y quien acaba haciéndose cargo de su pago.

En estos casos, mientras hay una buena sintonía, el resto de copropietarios paga a dicho titular la parte que le corresponde. No obstante, puede ocurrir que en el futuro alguno de ellos deje de
hacerlo…

Pues bien, si se encuentra en esta situación y quiere evitar problemas en el futuro, puede IBI se puede dividir entre los copropietarios dicho impuesto, de forma que a cada propietario le llegue un recibo del IBI por la parte que le corresponde en función de su porcentaje de participación en el inmueble.

IBI
Si es propietario de un inmueble junto a otras personas, puede solicitar a su ayuntamiento que divida el recibo del IBI, de forma que cada propietario pague la parte que le corresponde.

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