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¿Me acojo al IVA de caja?

Por |2013-11-08T21:16:09+00:0008/11/2013|Categorías: Publicaciones Fiscal|Etiquetas: , , |

Antes de aplicar el nuevo régimen, analice los pros y los contras.
A partir de 2014 existirá un nuevo régimen de IVA de caja, que permitirá a las empresas que facturen menos de dos millones de
euros no tener que ingresar el IVA hasta que no lo cobren.

Si su empresa quiere optar por dicho régimen, deberá presentar una declaración censal en diciembre. No obstante, antes de  ejercitar dicha opción, debe conocer las implicaciones que supone:

• La deducción del IVA soportado también deberá realizarse en el momento en el que se paguen las facturas correspondientes.

• Tendrá que cumplir algunas obligaciones formales distintas a las actuales.

• Sus clientes también deberán esperar hasta el momento del pago de las facturas para poder deducirse el IVA.

IVA
Aplicar el IVA de caja le permitirá no tener que ingresar el IVA repercutido hasta que cobre sus facturas.
No obstante, hay algunas implicaciones para su empresa y sus clientes que debe conocer.

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