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Aplazamiento sin garantías

Por |2016-01-29T10:00:19+00:0029/01/2016|Categorías: Publicaciones Laboral|Etiquetas: , , |

Ahora es posible aplazar hasta 30.000 euros sin garantías.

Si en algún momento su empresa no tiene liquidez suficiente para hacer frente a sus declaraciones tributarias, sepa que ahora puede aplazar el pago de hasta 30.000 euros sin necesidad de aportar
garantías (hasta finales de 2015 dicho límite de aplazamiento sin garantías era de 18.000 euros).

En estos casos, al solicitar el aplazamiento, lo más recomendable es que su empresa haga coincidir su propuesta de fraccionamiento con los plazos máximos que acepta Hacienda. Por ejemplo: al
aplazar una deuda de entre 5.000 y 10.000 euros, Hacienda acepta un fraccionamiento máximo de 12 mensualidades.

Así le será más fácil hacer frente a los pagos establecidos. Y si sus problemas de tesorería se solucionan, podrá acudir a Hacienda y cancelar anticipadamente, de forma total o parcial, la deuda que
tenga pendiente.

RECAUDACIÓN
Ahora puede aplazar sus deudas tributarias por un importe máximo de 30.000 euros sin tener que aportar ningún tipo de garantía para ello.

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