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Bases de cotización

Por |2018-09-26T10:01:40+00:0026/09/2018|Categorías: Publicaciones Laboral|Etiquetas: , , |

La Ley de Presupuestos las ha modificado.

La Ley de Presupuestos (que se publicó en el mes de julio) ha modificado las bases de cotización en el Régimen General y en el Régimen de Autónomos. En concreto:

• Régimen General. Desde el mes de agosto, la base máxima de cotización en el Régimen General ha pasado de 3.751,20 euros a 3.803,70 euros mensuales. La base mínima sigue siendo de 858,60 euros mensuales. Por tanto, si tiene algún trabajador cuyo salario supera los 3.803,70 euros mensuales (con prorrata de pagas extras), la subida de la base máxima le comportará un aumento de costes, que notará a finales de septiembre (al ingresar las cotizaciones de agosto).

• RETA. Si usted es autónomo societario (cotiza en el RETA porque tiene el control de su sociedad y trabaja en ella), su base mínima no cambia (sigue siendo de 1.199,10 euros mensuales). Pero
sí aumenta la máxima, con efectos desde agosto, pasando de 3.751,20 euros a 3.803,70 euros.

COTIZACIÓN
Si tiene trabajadores con salarios elevados y que cotizan por el máximo legal, el coste de Seguridad Social aumenta a partir de las cotizaciones del mes de agosto.

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