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Complemento por maternidad

Por |2016-04-04T08:26:12+00:0004/04/2016|Categorías: Publicaciones Laboral|Etiquetas: |

Lo pueden solicitar las trabajadoras que se jubilen.

Las trabajadoras que a lo largo de su vida laboral hayan tenido más de un hijo y que a partir del 1 de enero de 2016 accedan a una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad
permanente tienen derecho a un complemento que aumentará la cuantía de su pensión. A estos efectos:

• Este incremento se reconoce con independencia de la edad que tengan los hijos en el momento en el que la trabajadora acceda a las pensiones indicadas.
• El complemento es un porcentaje de entre el 5% y el 15% (en función del número de hijos) que se aplica sobre la pensión reconocida inicialmente.

Eso sí: este complemento no se aplica si la trabajadora accede a una jubilación anticipada voluntaria.

EJEMPLO
Si a una empleada con tres hijos le iba a quedar una pensión de 1.200 euros, tendrá derecho a un complemento de 120 euros. Por tanto, su pensión final será de 1.320 euros.

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