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Consolidación fiscal

Por |2020-11-12T21:25:13+00:0016/12/2019|Categorías: Publicaciones Fiscal|Etiquetas: |

Si tiene varias empresas, el régimen de consolidación fiscal le sale a cuenta…

Mediante este régimen, las empresas de un mismo grupo tributan como si se tratase de una sola. De esta forma se consiguen beneficios de forma inmediata:

• Las pérdidas de unas se compensan con los beneficios de otras en el mismo ejercicio (sin necesidad de esperar a que las sociedades que han generado pérdidas obtengan beneficios para poder compensarlas).

• Incluso aunque no haya sociedades con pérdidas, este régimen sale a cuenta: prácticamente se elimina la obligación de documentar las operaciones vinculadas, no existe obligación de retener en operaciones entre las empresas que forman el grupo, etc.

El grupo fiscal debe estar formado por una sociedad holding y todas las filiales en las que ésta participe, de forma directa o indirecta, en al menos el 75% de su capital. Y aunque de entrada no se cumpla este esquema de matriz-filiales (muchos empresarios participan directamente en
diferentes sociedades, sin tener una holding), es posible realizar, sin coste fiscal, operaciones de reestructuración que permiten alcanzar dicho esquema.

Régimen de consolidación fiscal
Los grupos de empresas formados por una sociedad matriz y sus filiales pueden acogerse, cumpliendo ciertos requisitos, al régimen de consolidación fiscal. Si usted no dispone de una sociedad matriz pero igualmente es socio mayoritario de varias sociedades, es posible que pueda adoptar esta nueva estructura sin coste fiscal.

Para que sea de aplicación este régimen, antes de final de año deben acordarlo todas y cada una de las sociedades que van a formar parte del grupo (con efectos en el ejercicio siguiente). Y la sociedad dominante también debe comunicar la opción a Hacienda antes de que finalice
el ejercicio anterior.

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