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Créditos y deudas en el Impuesto sobre el Patrimonio

Por |2022-05-23T07:53:10+00:0025/05/2022|Categorías: Publicaciones Fiscal|Etiquetas: |

También debe incluirlos en la declaración.

Recuerde que están obligados a presentar la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio los contribuyentes que cumplan alguna de estas circunstancias:

  • Cuando, tras calcular la cuota de dicho impuesto, resulte un importe a ingresar.
  • Cuando, aun no teniendo cuota que pagar, el valor de sus bienes y derechos (incluyendo los bienes exentos y sin descontar deudas, cargas o gravámenes) sea superior a dos millones de euros.

Pues bien, si es este su caso, no olvide que entre los bienes a declarar también deben incluirse los créditos o deudas que usted tuviese a 31 de diciembre de 2021. Según esto:

  • Los créditos son un mayor valor de su patrimonio. Por ejemplo, los préstamos a familiares o a su empresa, o incluso la cuota del IRPF de 2021 a su favor si resulta a devolver.
  • Como deudas, puede computar las deudas bancarias, los préstamos recibidos de familiares o las derivadas de impuestos (cuota a ingresar del IRPF, liquidaciones de Hacienda, etc.).

PATRIMONIO
Nuestros profesionales verificarán si está obligado a presentarlo y cómo y por qué importe debe declarar los bienes y derechos de su propiedad.

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