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Empresarios en módulos y libros

Por |2014-01-25T14:12:30+00:0025/01/2014|Categorías: Publicaciones Fiscal|Etiquetas: , |

Nuevas obligaciones contables para empresarios en módulos.
Hasta ahora, cuando un empresario tributaba en el régimen de estimación objetiva del IRPF (es decir, en módulos), no tenía apenas obligaciones contables. Sólo debía cumplimentar un libro en el que registraba las compras de determinados inmovilizados.

No obstante, sepa que, desde el 1 de enero de 2014, aquellos empresarios en módulos cuyas ventas estén sometidas a una retención del 1% también deben cumplimentar un libro de ventas, cuando el pagador sea otra empresa.

Así, cuando Hacienda quiera comprobar si estos empresarios superan los límites de facturación que la ley establece para poder seguir en módulos, les solicitará que aporten dicho libro.

IRPF
A partir de 2014, los empresarios en módulos cuyas facturas estén sometidas a la retención del 1% deben cumplimentar un libro de ventas.

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