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Mejora energética de vivienda

Se mantienen los incentivos para este tipo de obras.

Se ha prorrogado un año más el plazo para llevar a cabo las inversiones y obras de mejora energética en viviendas y edificios de viviendas que dan derecho a disfrutar de deducción en el IRPF:

  • En caso de viviendas, ahora las obras e inversiones podrán llevarse a cabo hasta el 31 de diciembre de 2024 (antes dicho plazo finalizaba el 31 de diciembre de 2023).
  • En caso de edificios de viviendas, la fecha límite es el 31 de diciembre de 2025 (antes era hasta finales de 2024).

Recuerde que la deducción por obras en viviendas es de hasta el 20% –con una base máxima anual de 5.000 euros– si éstas permiten reducir la demanda de calefacción y refrigeración, y de hasta el 40% –con una base máxima anual de 7.500 euros– si permiten obtener una calificación energética de “A” o “B”, por ejemplo. En caso de obras de mejora de la eficiencia energética en edificios, la deducción puede ser de hasta el 60%, con una base máxima anual de 5.000 euros y una base máxima acumulada total de 15.000.

AÑO DE APLICACIÓN
En el caso de viviendas, la deducción se practica en el período impositivo en el que se expida el certificado de eficiencia energética emitido después de la realización de las obras.

Dispone de un año más para hacer obras de mejora de la eficiencia energética en su vivienda y disfrutar de deducción.

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