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¿Puedo suprimir el lote?

Muchas empresas se preguntan si, por la crisis, pueden suprimir el lote de Navidad.
Durante las fiestas de Navidad, muchas empresas entregan obsequios a sus empleados: cestas de Navidad, alguna fiesta con regalos para los niños… No obstante, con la crisis económica, algunas de ellas se preguntan si pueden suprimir esta costumbre o si, por el contrario, los trabajadores pueden exigir el regalo como una condición más beneficiosa que ya se ha consolidado a su favor.

Pues bien, todo dependerá de las circunstancias que concurran en cada caso. Vea en qué situaciones puede encontrarse:

• Si la empresa ha reconocido en algún momento, de forma inequívoca, que la entrega de la cesta es un derecho o una mejora a favor de sus empleados, dicha entrega será un derecho adquirido de éstos, y la supresión deberá tramitarse a través de un procedimiento de modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

• La mera repetición de la entrega en varios años, sin embargo, no es suficiente por sí sola para que se considere que existe esa voluntad inequívoca. En este caso podrá defender que la entrega es una liberalidad, y podrá reducir el coste de la cesta o incluso suprimirla.

Cuando introduzca alguna mejora a favor de sus empleados (por ejemplo, la entrega de la cesta, o un bonus especial y puntual porque el año ha ido bien), deje bien clara la excepcionalidad de la medida, indicando que no se va a repetir necesariamente en años sucesivos.

Voluntad inequívoca
Existirá voluntad inequívoca de querer entregar la cesta como una mejora a favor de los empleados si, por ejemplo, dicha entrega consta en alguna memoria o catálogo de la empresa, y se presenta como una ventaja concedida a los trabajadores.

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