934 161 660 934 155 104 info@tediem.com

Retención a administradores

Por |2013-07-08T11:45:02+00:0008/07/2013|Categorías: Publicaciones Fiscal|Etiquetas: , , |

Usted ha oído que la retención a los administradores es del 42%…
En los últimos meses ha habido una importante polémica con Hacienda respecto a la retención que debe aplicarse a las retribuciones que perciben los administradores de empresas.

En este sentido, la Inspección considera que estas retribuciones, cuando derivan del ejercicio de funciones de dirección y gerencia, quedan sometidas a una retención fija del 42%, y no a la retención variable aplicable al resto de trabajadores.

Además, Hacienda exige que los estatutos de la sociedad indiquen que el cargo de administrador es retribuido. Si no dicen nada, considera que los pagos realizados no son deducibles.

Aunque esta interpretación es muy discutible, conviene revisar los estatutos de la sociedad, así como el trabajo desarrollado por el administrador, para determinar cuál es la mejor forma de actuar.

RETENCIONES
Hacienda considera que las retribuciones obtenidas por el hecho de ser administrador y por el ejercicio de las funciones de dirección y gerencia quedan sometidas a una retención fija del 42%.

Ir a Arriba