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Suministro inmediato de información

Por |2017-03-23T11:11:46+00:0023/03/2017|Categorías: Publicaciones Fiscal|Etiquetas: , , , |

Si su empresa declara el IVA cada mes, le será aplicable el SII.

Si su empresa presenta las declaraciones de IVA cada mes (porque factura más de 6.010.121,04 euros o porque está acogida al régimen de devolución mensual), a partir del próximo mes de julio de
2017 deberá presentar sus libros de forma electrónica:

• Los datos sobre las facturas emitidas deberán ser suministrados en los ocho días siguientes a su expedición (cuatro días a partir de 2018); y los de las facturas recibidas, en los ocho días siguientes a su contabilización (cuatro días a partir de 2018).

• Los datos de las operaciones realizadas entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2017 también deberán informarse, aunque podrá hacerlo hasta el 31 de diciembre de 2017.

Con este sistema, a partir de julio de 2017 podrá presentar sus declaraciones hasta el día 30 de cada mes.

INFORMACIÓN
Le asesoraremos sobre cómo efectuar el suministro inmediato de información. Si incumple esta obligación a partir de julio de 2017, Hacienda puede imponerle sanciones.

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