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Si está en recargo e inicia otra actividad…

Por |2015-12-10T10:00:19+00:0010/12/2015|Categorías: Publicaciones Fiscal|Etiquetas: |

¿Cómo actuar si inicia una actividad en régimen general? Si usted es titular de un comercio y tributa en régimen de recargo de equivalencia, no debe presentar declaraciones periódicas de IVA ni puede deducirse el IVA soportado. Pues bien, si inicia una nueva actividad en régimen general (por la  que [...]

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