La trabajadora embarazada ha conseguido una indemnización de 25.000 euros durante el acto de conciliación. Ello, reconociéndose el despido improcedente por parte de la compañía.
Miriam (nombre ficticio) trabajaba para la empresa Equipa Tu Hogar XXI S.L. desde noviembre de 2021. Una empresa que formaba parte de una red de empresas entre las que también se encontraban Retail On Distribution y Venta S.L., o Brycus Home Garden S.L.
Un puesto de asistente de marketing a tiempo completo en Valdemoro que la mujer mantuvo hasta junio de 2024, momento en el que era objeto de un despido objetivo. Ello, concediéndose a la trabajadora una indemnización de 2.379 euros.
Despido que coincidía con el segundo embarazo de la mujer, tal y como expone la demanda de Servilegal Abogados, representantes legales de Miriam.
Así pues, «es especialmente relevante que, justo al día siguiente de entregar la justificación de su última visita al médico como consecuencia del embarazo, la trabajadora recibe de forma sorpresiva la carta de despido».
Una situación médica a la que, además, se une la sensible situación del hijo mayor de la trabajadora, de menos de dos años de edad, y con una cardiopatía congénita grave por la que la mujer pidió a la empresa varios permisos por hospitalización del menor.
Un despido que la compañía justificaba alegando «supuestas pérdidas económicas». Ello, a pesar de que la empresa había facturado, ese mismo mes, 35.583 euros en ventas. Y, en el último año, más de un millón de euros.
«La empresa ha sido descapitalizada con el objeto de generar una situación de pérdidas artificiales que sirvieran de fundamento para proceder a su despido», asegura Ignacio Palomar Ruiz, socio director de Servilegal Abogados, ante esta situación.
Caso que, «desde el primer momento, vimos claras vulneraciones de derechos fundamentales«, asegura el abogado.
El despido de la mujer embarazada, improcedente
«Hemos solicitado una inspección de Trabajo, explicando todo lo que había con las empresas. Y las hemos demandado a todas», explica el letrado a Confilegal.
Un informa de Inspección de Trabajo que confirma que «estamos ante un grupo irregular de empresas. Todas comparten el centro de trabajo de la compañía titular. Los objetos sociales son similares, hay trabajadores que han prestado servicios en dos de ellas, todas tienen el mismo autorizado RED y parece que existe una unidad de dirección».
Documento en el que, tal y como exponen desde Servilegal Abogados, se certifica que «la empresa ha sido instrumentalizada para proceder al despido» de Miriam. Ello, mientras que la matriz empresarial mantiene todos los beneficios.
«La Inspección de Trabajo ha determinado que la mercantil utilizada para despedir a la mandante ha sido cerrada con el propósito de impedir su reincorporación», destaca igualmente Ignacio Palomar en sus alegaciones.
Caso que llegaba ante el Juzgado de lo Social nº45 de Madrid, donde se celebraba el intento de conciliación. Un acto previo al juicio oral que acababa en conciliación con avenencia. Ello, con el reconocimiento de la empresa del despido improcedente, así como una indemnización de 25.000 euros a la trabajadora embarazada.
«Es inadmisible que un grupo de empresas trampee sus cuentas para eludir pagar las indemnizaciones marcadas por la ley. Gracias a la inspección de trabajo esto ha quedado manifiesto y se ha reparado el daño causado a nuestra clienta», asegura Palomar Ruiz a Confilegal.
Un caso que, sin embargo, no es «aislado. Refleja una realidad más amplia de abuso de poder y falta de garantías. Denunciarlo no solo es un derecho, es una responsabilidad. Porque el silencio, en estos casos, protege al tramposo», lamenta.
(Noticia extraída de Confilegal)