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¿Va a poner sus datos en la nube?

Por |2013-10-29T11:13:18+00:0029/10/2013|Categorías: Publicaciones Fiscal, Publicaciones Laboral|Etiquetas: , , , |

Antes de contratar un servicio de ‘cloud computing’, asegúrese de que cumple la ley.
Cada vez es más habitual que las empresas se planteen alojar sus datos informáticos en “discos duros virtuales”, ya que ello les permite acceder a estos datos desde cualquier lugar y cualquier ordenador.

Pues bien, si se plantea contratar este tipo de servicios, verifique que los proveedores de este servicio de alojamiento cumplen con la normativa española sobre protección de datos. Si los ficheros alojados en la nube incluyen datos personales de terceros, usted estará transfiriendo esos datos a la empresa de alojamiento, y conviene asegurarse de que ésta cumple con la normativa de protección de datos.

Protección de datos
Sepa que la mayoría de proveedores de ‘cloud computing’ están ubicados en Estados Unidos. En este caso, asegúrese de que su proveedor está suscrito a los principios de “Puerto seguro” (Safe Harbour). La Unión Europea reconoce este sistema como seguro a efectos de protección de datos.

Si su proveedor está ubicado en España o en el Espacio Económico Europeo (Unión Europea más Islandia, Liechtenstein y Noruega), es probable que ya cumpla con la normativa. No obstante, asegúrese de ello a la hora de aceptar las condiciones de uso.

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