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Tribute menos al rescatar su plan de pensiones

Por |2013-10-11T08:52:08+00:0011/10/2013|Categorías: Publicaciones Fiscal|Etiquetas: , , |

Planifique adecuadamente el rescate de su plan y ahorre dinero.

Si usted o alguno de sus familiares van a rescatar en breve su plan de pensiones, sepa que actualmente existe una gran flexibilidad en cuanto al momento y la forma de cobrarlo: de golpe, en forma de renta, en forma mixta o incluso en varios pagos por importes diferentes.

Recuerde que el cobro de un plan de pensiones tributa en IRPF como un rendimiento del trabajo, por lo que usted puede aprovecharse de dicha flexibilidad para pagar menos impuestos.

De este modo, si se jubila en el mes de octubre, y durante el año en curso ya ha percibido unos rendimientos del trabajo elevados, pagará menos IRPF si espera hasta el año próximo para recuperar su plan de pensiones.

 

No sólo para la jubilación
Recuerde que actualmente, además de en caso de jubilación, se puede cobrar el plan de pensiones en otras circunstancias excepcionales, por ejemplo:
• En caso de fallecimiento, incapacidad permanente laboral total o absoluta.
• En determinados casos en los que usted, su cónyuge o sus descendientes se vean afectados por una enfermedad grave.
• Si usted pierde su trabajo y agota el subsidio por desempleo.

 

Y si aportó dinero a su plan de pensiones antes de 2007, sepa que la parte de la prestación del plan que correspondía a dichas aportaciones puede disfrutar de una reducción del 40% en su IRPF a condición de que la cobre de golpe. En estos casos el cobro del plan en forma mixta suele ser la opción más beneficiosa fiscalmente.

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