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Acumulación de la lactancia

Por |2016-12-09T10:01:43+00:0009/12/2016|Categorías: Publicaciones Laboral|Etiquetas: |

Su empresa puede imponer algunas limitaciones.

Si una trabajadora tiene un hijo, cuando se reincorpore a la empresa tendrá derecho al permiso de lactancia hasta que el bebé cumpla nueve meses. Es decir, podrá ausentarse del trabajo una
hora diaria o reducir su jornada en media hora (al inicio o al final de la jornada).

Asimismo, si el convenio lo permite o si se pacta con la empresa, la lactancia se puede acumular en días completos. Ahora bien, esta acumulación puede generar controversias:

• Puede que, además de la compactación, la empleada quiera disfrutar de los días de vacaciones que tenga pendientes cuando se reincorpore tras la baja maternal.

• También puede que solicite el disfrute de la compactación y que acto seguido quiera situarse en excedencia.

Pues bien, en ambos casos la empresa podrá limitar el disfrute del permiso de lactancia compactado, ya que éste se calcula según los días efectivamente trabajados.

COMPACTACIÓN
Si acepta la compactación de la lactancia, avísenos. Prepararemos un documento por escrito ajustado a la ley y que beneficie a su empresa.

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