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Agentes y distribuidores

Por |2015-09-22T13:14:44+00:0022/09/2015|Categorías: Publicaciones Fiscal|Etiquetas: |

Acierte al iniciar o finalizar sus contratos con agentes o distribuidores

Si su empresa quiere aumentar sus ventas pero no quiere contratar vendedores en plantilla, puede crear una red de agentes o distribuidores. Tenga en cuenta, no obstante, las diferencias
entre ambas figuras:

• El agente le busca nuevos clientes a cambio de una comisión, pero quien vende y factura es su empresa.

• El distribuidor le compra sus productos para revenderlos (siendo él quien factura a los clientes finales). Su beneficio, por tanto, está en el margen entre el precio de compra y de venta.

En general, la ley otorga más protección al agente, que en caso de finalización de contrato tiene derecho a una indemnización por la clientela que haya aportado. No obstante, en ocasiones los tribunales también reconocen esta indemnización a los distribuidores, por lo que conviene ser cauteloso a la hora de pactar las condiciones con éstos.

Indemnización por clientela
Al finalizar la relación con un agente comercial, éste tiene derecho a una indemnización por los clientes que ha aportado al negocio y que continuarán haciendo compras en el futuro.

Sólo puede evitarse esta indemnización si la resolución del contrato se debe a un incumplimiento grave por parte del agente.

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