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Certificado electrónico

Por |2016-08-05T10:01:53+00:0005/08/2016|Categorías: Publicaciones Fiscal|Etiquetas: , |

Los certificados electrónicos de personas jurídicas dejan de emitirse.

Si su empresa presenta sus propios impuestos (IVA, retenciones, pagos a cuenta, etc.), sepa que, desde el pasado 1 de julio, los certificados electrónicos de personas jurídicas de la Fábrica Nacional
de Moneda y Timbre (que son los que se utilizan para presentar las declaraciones tributarias) han dejado de emitirse y ya no pueden renovarse.

• A partir de ahora deben utilizarse unos nuevos certificados a nombre del representante o del administrador de la sociedad.
• Verifique cuál es la fecha de caducidad de su certificado (hasta entonces podrá seguir utilizándolo). Pero no se demore a la hora de obtener el nuevo certificado de representante: si se descuida y su actual certificado caduca, no podrá presentar sus declaraciones.

INTERNET
Compruebe la fecha de caducidad de su certificado electrónico y solicite con antelación el nuevo certificado a nombre del representante o administrador.

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