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Contratos temporales suspendidos

Por |2020-10-19T08:12:07+00:0019/10/2020|Categorías: Publicaciones Laboral|Etiquetas: |

¿Cuál es la nueva fecha de finalización?

Si una empresa ha tramitado un ERTE de suspensión por causas relacionadas con el coronavirus y ha incluido algún contrato temporal, el cómputo de la duración del contrato ha quedado interrumpido. A estos efectos:

• La interrupción es igual al período en que el contrato haya quedado suspendido. Por ejemplo, si un contrato eventual iba a finalizar el 31 de agosto pero se ha visto afectado por el ERTE de suspensión durante dos meses, el contrato finalizará el 31 de octubre.

• Esta medida resulta aplicable hasta el 30 de septiembre (aunque es posible que en los próximos días este plazo sea prorrogado). Es decir, el cómputo de la duración se reanudará el 1 de octubre aunque el contrato siga suspendido. Por ejemplo, si un contrato eventual iba a terminar el 31 de octubre y se ha visto afectado por un ERTE de suspensión desde el 1 de agosto hasta el 31 de enero de 2021, el contrato terminará el 31 de diciembre de 2020 (a la fecha teórica de finalización, que era el 31 de octubre, se le suman los dos meses en que ha estado suspendido en el período comprendido entre el 1 de agosto y el 30 de septiembre).

En estos casos es recomendable comunicar a los afectados la nueva fecha de finalización. Si llega dicha fecha y el trabajador sigue prestando servicios, el contrato se prorrogará hasta la duración máxima (por ejemplo, hasta los 12 meses si se trata de un eventual y el convenio amplía la duración hasta los 12 meses). Expirada dicha duración máxima, si los afectados siguen trabajando se convertirán en indefinidos.

Interrumpido hasta el 30 de septiembre
La interrupción es igual al período en que el contrato haya quedado suspendido. El cómputo de la duración se reanudará el 1 de octubre (a pesar de que el contrato siga suspendido a dicha fecha), aunque es posible que en las próximas semanas se posponga esa fecha de reanudación.

Nuestros profesionales le confirmarán la fecha de finalización de los contratos temporales afectados por un ERTE de suspensión.

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