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Mejoras en la recuperación del IVA

Por |2015-03-01T15:57:07+00:0001/03/2015|Categorías: Publicaciones Fiscal|Etiquetas: , , |

Desde 2015 es más fácil recuperar el IVA de los impagados

Si su empresa tiene facturas impagadas, puede recuperar el IVA repercutido que haya ingresado en Hacienda y que todavía no haya cobrado.

Pues bien, si su empresa factura menos de 6.101.121 euros, sepa que recientemente se han introducido mejoras para facilitar esta recuperación. En concreto, a partir de 2015 tendrá dos oportunidades para recuperar ese IVA (y no sólo una, como ocurría hasta 2014):

• Como hasta ahora, podrá  llevar a cabo las gestiones de recuperación dentro de los tres meses siguientes al transcurso de los seis meses desde la fecha de la venta.
• No obstante, y si se le pasa el plazo anterior, ahora tendrá una segunda oportunidad: podrá realizar los trámites en los tres meses siguientes al transcurso de un año.

Concurso de acreedores
Si alguno de sus clientes morosos es declarado en concurso de acreedores, la recuperación del IVA por las facturas no cobradas también es más flexible desde 2015. Aproveche estos cambios y no pierda la oportunidad de recuperar su dinero.

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