934 161 660 934 155 104 info@tediem.com

No olvide la autorrepercusión

Por |2016-08-08T10:01:12+00:0008/08/2016|Categorías: Publicaciones Fiscal|Etiquetas: , |

Si recibe una factura sin IVA, consúltenos sobre cómo actuar.

Hay empresas que cuando reciben una factura sin IVA se limitan a contabilizarla y se olvidan de este impuesto. Pero en muchas ocasiones deben autorrepercutirse el impuesto e incluirlo en la declaración periódica de IVA que corresponda:

• Deben incluirlo como IVA devengado y, a la vez, como IVA deducible (siempre que tengan derecho a dicha deducción).
• Si no proceden de este modo pueden recibir una sanción. Y aunque dicha sanción se ha suavizado respecto a la que existía hace unos años (ahora es del 10% de las cantidades no declaradas), siempre es mejor evitarla.

Esta operativa es aplicable cuando se adquiere un bien o servicio a un proveedor de otro país de la UE, pero también se da en algunas operaciones interiores.

SIN IVA
La autorrepercusión del IVA se aplica en las adquisiciones intracomunitarias, pero también en algunas operaciones interiores (inmuebles y ejecuciones de obra, entre otras).

Ir a Arriba