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Pactos contra convenio

Por |2023-07-27T15:59:42+00:0016/08/2023|Categorías: Publicaciones Laboral|Etiquetas: |

¿Pueden realizarse?

No es posible modificar lo pactado con carácter general en un convenio colectivo, salvo que se mejoren condiciones. En este sentido, resulta irrelevante que una empresa consiga un acuerdo con la mayoría o con todos los trabajadores: dicho acuerdo será considerado nulo por vulnerar el derecho fundamental a la libertad sindical.

No obstante, existen algunas excepciones y ciertas materias en las que sí se puede llegar a acuerdos en contra de convenio:

  • Los tribunales han validado el acuerdo individual que modifica el convenio en materia de complementos retributivos y se mejora lo previsto en dicho convenio.
  • También es válido acordar de forma individual con los trabajadores el prorrateo de las pagas extraordinarias (salvo que el convenio lo prohíba expresamente), ya que ello no supone un perjuicio para los trabajadores.
  • En cuanto al calendario laboral anual, únicamente existe la obligación de consultar a los representantes de los trabajadores y permitirles la emisión de un informe previo respecto a su publicación.

CALENDARIO
Tras consultar a los representantes de la plantilla, la empresa puede elaborar y publicar el calendario de forma unilateral (aunque algunos convenios pueden establecer alguna obligación adicional).

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