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Recargo bien calculado

Por |2016-09-23T10:01:33+00:0023/09/2016|Categorías: Publicaciones Fiscal|Etiquetas: , |

Si presenta una complementaria, verifique los recargos.

Si su empresa presenta una declaración y después usted se da cuenta de que ingresó de menos, deberá presentar una complementaria. Y en ese caso Hacienda le exigirá un recargo por “presentación extemporánea”, que oscilará entre el 5% y el 20%, según el tiempo transcurrido.

Pues bien, si la declaración originaria resultó a devolver y su empresa ya ha recibido la devolución cuando presenta la complementaria, compruebe que le liquiden correctamente el recargo:

• Hacienda sólo puede imponer el recargo sobre la cuantía dejada de ingresar.

• No admita recargos sobre la devolución percibida incorrectamente  –devolución que su empresa habrá reintegrado al hacer la complementaria–. Sobre esta cifra Hacienda sólo puede exigir
intereses de demora.

GESTIÓN
Si su empresa presenta una complementaria, Hacienda puede imponerle un recargo sobre la cuantía dejada de ingresar inicialmente, pero no sobre las devoluciones percibidas improcedentemente.

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