934 161 660 934 155 104 info@tediem.com

Puentes y vacaciones

Por |2016-01-15T10:00:59+00:0015/01/2016|Categorías: Publicaciones Laboral|Etiquetas: , |

Si en su empresa los puentes perjudican el proceso productivo…

En las empresas que tienen un proceso en cadena, o en aquellas en las que el arranque de la maquinaria es lento o consume mucha energía, los puentes suelen ser un inconveniente para la producción.

Pues bien, una buena opción en estos casos es fijar los días de puente como días de vacaciones obligatorias. Eso sí, esto no puede hacerse de un día para otro, sino que debe fijarse a la hora de
elaborar el calendario anual:

• Al elaborar el calendario anual de vacaciones, incluya como tales los días de puente (respetando el mínimo de días continuados que fije su convenio).
• Los trabajadores no podrán negarse alegando que en años anteriores el calendario se fijó de otra forma. Precisamente porque el calendario se fija cada año, puede modificarse cuando existen
causas organizativas que razonablemente lo aconsejan.

VACACIONES
A la hora de elaborar el calendario laboral, usted puede fijar los días de puente como de vacaciones obligatorias, aunque no lo haya hecho en años anteriores.

Ir a Arriba