La Seguridad Social no computará las subidas salariales que se produzcan en los dos años previos a la jubilación para calcular la pensión si son superiores al incremento medio anual del convenio
La LGSS solo tendrá en cuenta los aumentos que se produzcan por antigüedad o los que estén regulados según las normas contenidas en disposiciones legales. La Seguridad Social exige que el trabajador haya cotizado al menos dos años en los 15 inmediatamente anteriores a presentar la solicitud para cobrar la [...]













